Esta técnica de reproducción asistida se aplica en aquellos casos donde la causa que origina la esterilidad es una escasez o ausencia de óvulos (fallo ovárico prematuro, menopausia o ausencia de ovarios por causa quirúrgica), o casos en los que no se aconseja gestación con los óvulos de la propia mujer debido fundamentalmente a causas genéticas.
La gran diferencia con respecto a la donación de semen es que los óvulos no se pueden congelar. Es por ello, que la donación de óvulos se realiza en fresco, sincronizando los ciclos menstruales de donante y receptora.
Los requisitos legales para ser donante de óvulos son: tener edad comprendida entre 18 y 35 años, tener buena salud psicofísica, y tener una analítica serológica negativa para los virus del sida, hepatitis B y C, sífilis, etc., y no tener antecedentes personales ni familiares de enfermedades genéticas o enfermedades transmisibles a la descendencia.
Obviamente, la donación es siempre anónima, confidencial y secreta, y esto supone que ni donante ni receptora se pueden conocer, ni aportar o escoger a la donante. Además, como donación propiamente dicha que es, no existe retribución económica por los óvulos donados, pero sí existe una compensación por las molestias, desplazamiento al Centro, estancia en el mismo y tiempo dedicado a la donación.
Una vez aceptada la donante, es responsabilidad del equipo médico garantizar que la donante tenga la máxima similitud fenotípica e inmunológica con la receptora.